F.A.Q.
Preguntas Frecuentes
Las siguientes son las respuestas a las consultas más frecuentes sobre el al Trámite Electrónico y el Expediente Judicial Electrónico :
Definición que aplicada a la institución, el expediente electrónico se equipara a un expediente en formato papel y contiene toda la documentación generada por el despacho judicial, presentadas por las partes en la gestión del expediente, la que se encuentra ordenada cronológicamente, y asegurada por mecanismos de seguridad que hacen a las características determinadas por la ley.
Este marco normativo otorga equivalencia jurídica del soporte electrónico, estableciendo que los actos administrativos o judiciales suscritos por medio de firma electrónica o digital serán válidos y producirán los mismos efectos que si se hubieren llevado a cabo en soporte papel.
Establece igualmente que todas las actuaciones del proceso se registrarán y conservarán íntegramente y en orden sucesivo en la carpeta electrónica o expediente electrónico, la que garantizará su fidelidad, preservación y la reproducción de su contenido.
Cumpliendo con los enunciados legales, los sistemas informáticos que se utilicen para el registro de los procedimientos judiciales y administrativos deberán garantizar el pleno acceso de todas las partes del expediente electrónico en condiciones de igualdad, salvo las excepciones establecidas por la ley. Cuando la situación requiera de reserva, las actuaciones serán accesibles una vez notificada la resolución.
Forma parte de los compromisos de la CSJ en su contribución a la preservación del Medio Ambiente, con un importante ahorro en el uso de recursos de impresión.
La aplicación de esta gestión disminuye los costos de la litigación para todos los involucrados, permitiendo ahorrar tiempo al no tener que trasladarse a la sede judicial para cada trámite.
Aumenta los estándares de seguridad, transparencia y disponibilidad de los expedientes, ya que el expediente electrónico puede ser accedido desde cualquier parte y en todo momento, sin el riesgo que se pierda o se dañe.Está compuesta por un conjunto de servicios tales como la presentación, interposición de recursos, notificaciones y consultas a la tramitación de los casos judiciales, la misma es accedida desde la página web oficial de la Institución.
Para operar dentro la plataforma se requiere contar con cuenta de usuario, la cual es asignada a Abogados públicos y privados, Fiscales, Auxiliares de Justicia y partes en general, cuenta que le posibilita el acceso a los casos judiciales en los cuales son partes o tienen intervención.Este esquema de trabajo modifica la estructura de los despachos y las funciones de sus integrantes, eliminando muchas de las funciones que hoy corresponden a un trámite basado en el papel, para aplicar una gestión más interactiva apoyada por la tecnología.
La estructura del despacho se encuentra graficada a continuación, y las funciones establecidas para sus integrantes, se encuentran contenidas en la publicación de la página oficial de la Institución.
La sistematización de los procesos judiciales se espera contribuya a:
- Obtener flujos de trabajo más expeditos.
- Un conocimiento y control de inventarios.
- Mayor disponibilidad del expediente.
- Mejorar la interconexión e interoperabilidad entre el despacho y las instituciones relacionadas al sistema de justicia.
- Optimizar los procesos internos.
Los expedientes materiales desaparecerán transformándose en la carpeta digital, la que estará disponible permanentemente en el portal de gestión.
Estas prestaciones estarán habilitadas en todos los despachos judiciales que pertenecen a la Circunscripción Judicial en el cual se ha implementado este proyecto con independencia de si el despacho cuente o no con el sistema del expediente electrónico.
La misma aplicación filtra los despachos habilitados, y esta lista se actualizará permanentemente en la página web institucional en el apartado dedicado al trámite electrónico.La parte demandada o querellantes, así como sus representantes son ingresados al Sistema de Gestión por el despacho judicial al momento de la recepción de la contestación.
Los cambios de representaciones, e inclusión de auxiliares igualmente serán efectuados en el despacho judicial presentando en el mismo la documentación correspondiente para proceder a la inclusión y actualización de los datos.Los Abogados, Defensores Públicos y Fiscales a tal efecto se registrarán en los términos establecidos siguiendo los procedimientos correspondientes.
Las presentaciones efectuadas a través del Portal se entenderán suscritas por el usuario que las remite, sin necesidad de contener su firma manuscrita, entendiéndose que la clave y contraseña con la cual opera la herramienta constituye su firma electrónica.
En caso que el documento tenga firma digital asociada, la aplicación sólo adicionará el correspondiente estampado de tiempo sin certificar digitalmente la presentación en el proceso de certificación masiva.Si los documentos refieren a documentos en formato papel, éstos deberán ser digitalizados e incluidos en soporte electrónico a la presentación realizada en el Portal de Gestión.
No existe límite de cantidad de archivos a adjuntar, sin embargo éstos deben estar en el formato permitido (PDF) y responder a una calidad que permita tanto su recuperación como su lectura.
Los instrumentos originales se presentarán al despacho en los casos que así la ley lo requiera a efecto de su validación por parte del Actuario Judicial.Conforme la descripción otorgada por la ley a la firma electrónica, el usuario y contraseña otorgada a los usuarios de los sistemas de gestión electrónica de la CSJ se equipara a su firma electrónica y por ende posee todas las características otorgadas por la Ley.
Adicionalmente los sistemas de reproducción en formato papel de los documentos electrónicos incorporan un mecanismo de autenticación que permiten al destinatario comprobar la validez del documento impreso contra el documento digital que obra en el expediente judicial.
Las instituciones deberán otorgar pleno valor a los documentos suscritos con firma digital emanados de los despachos judiciales, no exigiendo documentos en formato papel.